AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2016-RCA

Fecha: 03-May-2016

improcedencia “in limine”

La Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 15 Bis de 14 de marzo de 2016, cursante de fs. 143 a 144, declaró la improcedencia “in limine” de la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: a) Se constató que los accionantes no agotaron los recursos que la ley les franquea, ya que de la relación de los hechos se tiene que ésta trata de relaciones civiles o comerciales realizadas de manera verbal que corresponden ser resueltas por la jurisdicción ordinaria civil; y, b) Solamente señalan que se violentaron sus derechos, sin demostrar que los recursos otorgadas por la ley se encuentran concluidos, incumpliendo el principio de subsidiariedad.