AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2016-RCA

Fecha: 31-May-2016

1)

El accionante manifestó que: 1) Los fundamentos de la Resolución impugnada no tienen asidero, pues equivocadamente razonan en sentido de que no se habría hecho uso oportuno de los recursos previstos por ley a pesar de haberse adjuntado en calidad de prueba el recurso de anulación interpuesto ante el Tribunal Arbitral, como el de compulsa y su apelación, los cuales fueron presentados en vigencia de los plazos procesales sin considerar los días feriados ni inhábiles; y, 2) De manera oportuna planteó el recurso de  anulación, no solo por imperio de la Ley 439 sino de la Ley de Conciliación y Arbitraje que dispone la validez únicamente de días hábiles. Por todo ello, solicita se admita la presente acción tutelar.