El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar su voto disidente a la DCP 0055/2016 del 23 de mayo, correlativa a la DCP 0080/2014 de 8 de diciembre y a la DCP 0184/2015 de 30 de septiembre, respecto al análisis y decisión, sobre la compatibil
Fecha: 23-May-2016
ordenamiento territorial y plan de uso de suelos
El art. 41.10 del proyecto adecuado de la Carta Orgánica Municipal de Santa Rosa del Yacuma, en la DCP 0055/2016, ha dispuesto compatibilizar, la disposición analizada conforme a la DCP 0184/2015 de 30 de septiembre, bajo el argumento de que el numeral analizado no incluía la coordinación prevista por el art. 302.I.6 de la CPE, referida al nivel indígena. En la adecuación, se tiene que se ha subsanado dicha situación con una nueva redacción conforme dispone el precepto constitucional señalado.
Empero, la Norma Suprema en lo referente a materias competenciales cuyo ejercicio podría afectar a las NPIOC, expresamente ha previsto la coordinación (obtención de consentimiento), de estas naciones y pueblos. Así el plan de ordenamiento territorial y plan de uso de suelos, definirán las pautas de desarrollo con un óptimo uso y aprovechamiento de las potencialidades y limitaciones existentes en el territorio; por lo que, dicho plan no solo debe ser compatibilizado con el plan nacional y departamental, sino que al interior de la jurisdicción municipal no puede soslayarse estos planes de gestión territorial referidos, conforme a sus derechos fundamentales (gestión territorial, protección de sus lugares sagrados, ejercicio de sus sistemas económicos, al uso y aprovechamiento de los recursos naturales de acuerdo a su propia cosmovisión) esta coordinación con los planes de las NPIOC del municipio, debe consolidarse en único plan municipal y éste a su vez con los planes de los demás niveles de gobierno (nacional, departamental y AIOC).
- I. ANTECEDENTES
- Fragmento 2
- II.1. El nuevo modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- 1)
- II.2. La efectividad de los derechos fundamentales colectivos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado
- I.
- II.
- de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales
- ordenamiento territorial y plan de uso de suelos
- a la libre determinación de las NPIOC
- Órgano Ejecutivo: