SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2016-S2

Fecha: 09-May-2016

a)

Dentro del proceso penal seguido en su contra instaurado por el Ministerio Público y Marcelo Tupac Castañon Chávez, por la presunta comisión del delito de estafa, radicado en el Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, mismo que dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, el 17 de febrero de 2016, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de Vista 023/2016, revocó la Resolución del a quo, ordenando su detención preventiva, en el Centro Penitenciario de “San Pedro”, señalando como argumentos: a) La existencia del riesgo procesal de fuga por falta de domicilio y trabajo, pese haber presentado certificados de registro domiciliario y de trabajo, arguyendo que registra más de un domicilio y que el certificado de trabajo no estaba acreditado; b) Que una anterior declaratoria de rebeldía influiría su comportamiento en el desarrollo del proceso, demostrando la voluntad de someterse al referido proceso; y, c) Consideró la existencia de los numerales 1, 2 y 4 del art. 235 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin argumentar en qué forma obstaculizaría la averiguación de la verdad. Fallo carente de una valoración y fundamentación, completamente incorrecta, discrecional, errónea y arbitraria “INGRESANDO DENTRO DE LAS EXEPCIONES PARA SER VALORADA LA PRUEBA POR LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL” (sic), que lo somete a un procedimiento indebido que afecta directamente su libertad personal, al no circunscribirse, en mérito a la revisión contenida en el art. 398 del Código adjetivo penal, a los puntos apelados por la supuesta víctima, sumiéndolo en la más absoluta indefensión, con el añadido que ingresó avalorar prueba que no fue ofrecida.