SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2016-S1

Fecha: 12-May-2016

a)

Santiago Maldonado Veizaga, Juez Tercero de Ejecución Penal del departamento de Cochabamba, presentó informe oral, manifestando que: a) En el caso concurre el principio de subsidiariedad, por cuanto contra el fallo que emitió declarando sin lugar a la homologación de las Resoluciones de indulto, los accionantes no agotaron el recurso de apelación incidental, tal cual establece la SCP 0241/2015-S2 de 23 de febrero; y, b) Respecto al contenido, duración y aplicación de los Decretos Presidenciales 2131 y 2437, el primero determinaba la presentación de la solicitud hasta el 14 de noviembre de 2015; empero, cuando aún se encontraba en vigencia el mismo, se dictó el segundo Decreto Presidencial, que cambio la fecha de presentación al 7 de julio de 2015, por ello la introducción de las carpetas estaba fuera de dicho plazo; en el caso, el que se equivocó al conceder el indulto, fue la Dirección Departamental del Régimen Penitenciario de Cochabamba, por lo que solicita se deniegue la tutela.