SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0561/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
Fragmento 5
La Sala Penal Segunda del Tribunal del Departamental de Justicia de La Paz, constituida en tribunal de garantías, mediante Resolución 23/2016 de 26 de febrero, cursante de fs. 63 a 65, denegó la tutela solicitada, disponiendo como medida cautelar que en tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional no se pronuncie, deberá mantenerse la decisión asumida por la a quo, respecto a la detención domiciliaria; decisión asumida en base a los siguientes fundamentos: a) La Resolución 259/2015, guarda una debida fundamentación respecto a las medidas cautelares, sin ser necesariamente ampulosa; b) La apelación fue formulada por la otra parte, habiendo la misma expresado sus razones para que el Tribunal de alzada emita su decisión, que en el presente caso fue la revocatoria de las medidas sustitutivas; y, c) El fallo impugnado no causa estado, pudiendo ser modificado de acuerdo a los nuevos elementos que puedan presentarse.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 5
- II.
- III.1. De la fundamentación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- [1]
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo