SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público  en su contra por la supuesta comisión del delito de violación de niño, niña y adolecente, la autoridad judicial dispuso su detención preventiva en el Recinto Penitenciario de San Pedro de La Paz, medida cautelar que cumple desde el 4 de marzo de 2016.

En el ejercicio de su derecho a la defensa, contrató un profesional abogado, ya que el 28 de marzo de 2016, “se llevarían a efectos de actos procesales” (sic); en consecuencia, el 23 del mismo mes y año su defensor se apersonó al Ministerio Público, para revisar el cuaderno de investigaciones; sin embargo, la autoridad demandada se negó a recibir y exhibir el cuaderno de investigaciones, dejándole sin posibilidad a ejercer su derecho a la defensa. Este accionar denota parcialización con la denunciante, con la consecuencia de poder manipular las pruebas y que menos podrá preparar su defensa para los actos procesales ya programados, máxime si en el caso particular no se aplicó el art. 281 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que permite disponer la reserva de las actuaciones.