SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2016-S3

Fecha: 17-May-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 3 de enero de 2008 fue contratada por María Luisa Guevara Tercero para que trabaje en su domicilio particular en calidad de trabajadora del hogar, haciéndole trabajar horas extras, ya que de viernes a domingo funcionaba como restaurante denominado el Palacio de las Kjaras “Doña Lucha”, percibiendo un sueldo mensual de Bs2 000.- (dos mil bolivianos), sin el reconocimiento por sus horas extras.

Puso a conocimiento de su empleadora, su estado de gestación y solicitó el pago de un quinquenio, razón por la cual se molestó asegurando su retiro de su fuente laboral sin el pago de ningún tipo de beneficio social, propinándole amenazas que se harían efectivas en el caso de perjudicarla, mismas que fueron cumplidas; puesto que, el 3 de octubre de 2015, se le denuncio por un supuesto hurto de dinero correspondiente a Bs20 000.- (veinte mil bolivianos), habiendo sido enviada a la cárcel pública sin que pueda ejercer su derecho a la defensa y en estado de gestación.

Es así que, el 4 del mismo mes y año se llevó a cabo su audiencia de consideración de medidas cautelares ante el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, sin tomarse en cuenta los documentos que acreditan su estado de gestación, mismos que consiguió para beneficiarse con la previsión del art. 232 del Código de Procedimiento Penal (CPP), habiéndose ordenado su detención preventiva.

Solicitó cesación a la detención preventiva, habiéndose suspendido en una oportunidad y en la audiencia llevada a cabo el 8 de diciembre de 2015 se le negó la libertad, argumentando que concurre el riesgo de obstaculización, oportunidad en la que acreditó documentalmente tener domicilio fijo, familia constituida y un trabajo a futuro, certificados de flujo migratorio, de antecedentes policiales y del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP), asimismo alegó encontrarse privada de libertad en forma indebida.