SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2016-S1
Fecha: 23-May-2016
denegó
El Tribunal Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 01/2016 de 4 de marzo, cursante de fs. 33 vta. a 35 vta., por la que denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) El accionante no esperó el cumplimiento del plazo previsto por ley, para el envió de la apelación incidental y directamente activó la vía constitucional, actuación que se puede advertir por la fecha y hora de presentación de la presente acción tutelar, misma que fue ingresada el 3 de marzo de 2016 a horas 18:25; es decir, antes del vencimiento de las veinticuatro horas que establece la normativa procedimental para que el Juez o Tribunal, proceda a remitir las actuaciones, en este caso, la apelación incidental ante el Tribunal Departamental de Justicia; 2) La referida apelación incidental efectuada a la resolución pronunciada por el Tribunal Primero de Sentencia Penal del referido departamento, al presente; vale decir, al momento de sustanciarse la presente acción de libertad, ya fue remitida, tanto informática como físicamente, ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que en esencia era lo que se pretendía con la interposición de la acción tutelar, conseguir que se efectué la remisión de los actuados procesales en forma oportuna; y, 3) Al existir la pérdida del objeto procesal, una eventual concesión de la tutela se tornaría ineficaz e innecesaria, por cuanto el hecho invocado en la acción, ya habría sido subsanado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de libertad
- III.2.1. De la acción de libertad en la constitución Política del Estado
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3.Procedimiento del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- III.4.Sobre la legitimación pasiva del personal subalterno del órgano jurisdiccional
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR