Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2016-S1
Fecha: 23-May-2016
II.2.
II.2. La parte accionante proveyó los recaudos de rigor (fotocopias) para la remisión de la apelación incidental a horas 16:50 del 3 de marzo de 2016 y fue remitida dicha apelación el 4 del mismo mes y año a horas 8:30 a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia (según informe de las autoridades demandadas) (fs. 30 a 31 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de libertad
- III.2.1. De la acción de libertad en la constitución Política del Estado
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3.Procedimiento del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- III.4.Sobre la legitimación pasiva del personal subalterno del órgano jurisdiccional
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR