Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2016-CA
Fecha: 10-Jun-2016
a)
Solicita que: a) Se admita la demanda, b) Se suspenda la tramitación del proceso civil referido, hasta la emisión de la sentencia dentro del conflicto suscitado; c) Se declare competentes para conocer el interdicto de recobrar la posesión a las autoridades del Consejo Gobierno de Autoridades Originarias de la Nación Suyu Jatun Killaka Asanajaqi “JAKISA”; y, d) Se deje sin efecto lo actuado en la jurisdicción agroambiental hasta la admisión de la demanda.
- conflicto de competencia
- I.1. Contenido de la demanda
- a)
- II.1. Requisitos de procedencia del conflicto de competencias
- II.2. Procedimiento previo en el conflicto de competencias
- II.3. Análisis del caso concreto
- o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional