Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0132/2016-CA
Fecha: 10-Jun-2016
II.2. Procedimiento previo en el conflicto de competencias
Consecuentemente, el conflicto de competencia jurisdiccional tiene por objeto determinar qué Órgano público es el titular de una competencia, prevista por la Ley Fundamental, con la finalidad de resolver un conflicto constitucional que se origina en la invasión que realiza un Órgano del poder público a las competencias y atribuciones asignadas a otro del nivel central o territorial, dependiendo del caso.
- conflicto de competencia
- I.1. Contenido de la demanda
- a)
- II.1. Requisitos de procedencia del conflicto de competencias
- II.2. Procedimiento previo en el conflicto de competencias
- II.3. Análisis del caso concreto
- o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional