Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0136/2016-CA
Fecha: 13-Jun-2016
el Gerente de Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz a.i. del Servicios de Impuestos Nacionales (SIN)
En consulta la Resolución 79-25-000070-16 de 23 de mayo de 2016, cursante de fs. 64 a 68, pronunciada por el Gerente de Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz a.i. del Servicios de Impuestos Nacionales (SIN); por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Santos Vásquez Zurita, demandando la inconstitucionalidad de las Disposiciones Adicionales Quinta, Sexta, Séptima, Octava y Décima Primera de la Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE-2012) -Ley 291 de 2 de septiembre de 2012-, por ser presuntamente contrarios a los arts. 115, “158.11”, 159.6 y 8, 178, 321 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- el Gerente de Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz a.i. del Servicios de Impuestos Nacionales (SIN)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR