AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2016-CA
Fecha: 24-Jun-2016
rechazar
La Directora Ejecutiva de la AJ, por RA 29-00002-16 de 7 de junio de 2016, cursante de fs. 273 a 284, determinó rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El hoy accionante el 4 de noviembre de 2013, ya planteó una primera acción de inconstitucionalidad concreta, que fue rechazada y ratificada por el Tribunal Constitucional Plurinacional por AC 0474/2013-CA de 2 de diciembre; b) Incumplió con los requisitos del art. 24.1 y 2 del CPCo; c) No especificó la relevancia que tendrá el artículo cuestionado, respecto a la resolución que se dicte dentro del recurso jerárquico, evidenciándose la inexistencia de la relación causal entre la validez del precepto acusado de inconstitucional con la resolución que podría asumir el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; d) El fundamento no es claro en cuanto a la norma impugnada ni el por qué es contraria a la Constitución Política del Estado; e) El art. 54 de la Resolución Regulatoria 01-00005-11, ya fue declarado inconstitucional por SCP 1905/2013; en mérito a ello existiría cosa juzgada constitucional; y, f) Conforme el art. 81 del CPCo, sólo puede interponerse la acción de inconstitucionalidad concreta una vez, y el accionante al presentar el 4 de noviembre de 2013 y el 25 de mayo de 2016, contra el mismo artículo, agotó su oportunidad de accionarla.
- Directora Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ)
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazar
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes,
- por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR