AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2016-RCA

Fecha: 01-Jun-2016

1)

El accionante impugnó la Resolución 22/2016 de 11 de abril, manifestando que: 1) Se agotaron las vías recursivas en sede administrativa, con los siguientes actos: i) La Conminatoria J.D.T.L.P./D.S.0495/LFJG/040/2015 de 3 de agosto; ii) La RA 452/15-B de 1 de septiembre de 2015, también emanada del mismo; y, iii) La RM 093/16 de 2 de febrero de 2016 pronunciada por el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social; 2) No existe ulterior recurso contra la Resolución Ministerial antes indicado; por lo mismo, no concurre el principio de subsidiariedad; 3) En cuanto a los supuestos hechos controvertidos, el DS 495, establece dos vías recursivas a favor del empleador contra una resolución de Conminatoria de Reincorporación: a) Continuar con la vía recursiva hasta agotar el procedimiento administrativo de impugnación; y, b) Impugnar a la vía judicial; 4) El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz optó por el camino de agotar la vía administrativa, teniendo como último acto administrativo la RM 093/16 de 2 de febrero de 2016; por lo que, no existen hechos y derechos controvertidos, como menciona la Resolución ahora impugnada; y, 5) El objeto de la interposición de la acción de amparo constitucional versa sobre lo resuelto en forma ambigua e incongruente en la RM 093/16 de 2 de febrero de 2016 y no la discusión de hechos controvertidos en vía judicial; en mérito a dichos fundamentos, solicita se revoque la resolución impugnada y se ordene que se admita la acción e ingresen al análisis del fondo de la causa.