AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2016-RCA

Fecha: 24-Jun-2016

a)

El Juez Público Civil y Comercial Primero de Bermejo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante providencia de 12 de mayo de 2016, cursante de fs. 18 vta. a 19 dispuso que antes de admitir la demanda, en el término de tres días, el accionante deberá dar cumplimiento a lo  siguiente: a) A completar sus generales de Ley; b) Manifestar si otra persona fue designada en el cargo de técnico administrativo; c) Precise si acudió ante instancias del Ministerio de Trabajo como vía administrativa; y, d) Indique la forma en que vulneraron sus derechos de acuerdo al nexo de causalidad  entre los elementos fáctico y normativo. En base al art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), bajo alternativa de tenerse por no presentada.