Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0199/2016-RCA
Fecha: 24-Jun-2016
I.2.
La accionante a través de su representante considera lesionados sus derechos al debido proceso en su vertiente de motivación y fundamentación que deben contener las resoluciones, a la defensa, a la inocencia y al trabajo; y a los principios de seguridad jurídica, legalidad y tipicidad, citando al efecto los arts. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- Para los casos de solicitud de complementación, aclaración y enmienda de una decisión judicial o administrativa
- Fragmento 10
- II.5.