DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2016
Fecha: 22-Jun-2016
Fragmento 12
Asimismo, la DCP 0042/2014 de 25 de julio, estableció: “A su vez el art. 2 de la misma Norma Suprema, reconoce el derecho a la autonomía y autogobierno de las naciones y pueblos indígena originario campesinos en el marco de la unidad del Estado, normativa que junto a lo previsto en el art. 1, configuran el diseño arquitectónico del Estado Plurinacional con autonomías, a edificarse en el marco del principio de unidad del país, que subyace en los arts. 1 y 2 de la CPE, y de manera transversal en toda la Constitución, como elemento articulador de la plurinacionalidad, el pluralismo, la interculturalidad descolonizadora y el régimen autonómico, principio de unidad, que forma parte de los principios que rigen la organización territorial y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas, según advierte el art. 270 de la CPE.
- I.1. Contenido de la consulta
- ¿Está Usted de acuerdo en aprobar la Carta Orgánica Municipal de Arque?
- ¿Está Usted de acuerdo con aprobar la Carta Orgánica Municipal de Arque?
- I.2. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Del Modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- principio de unidad del país, que subyace en los arts. 1 y 2 de la CPE y de manera transversal en toda la Constitución, como elemento articulador de la plurinacionalidad, el pluralismo, la interculturalidad descolonizadora y el régimen autonómico
- Fragmento 12
- cuya dinámica en el ejercicio de dichas facultades debe reflejar la característica esencial del nuevo Estado orientado hacia una democratización profunda del poder político que desmantele la centralización caracterizadora del anterior modelo de Estado
- regionales
- La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos…
- III.2.
- Autonomía
- I.
- a)
- III.3.
- una pregunta cerrada y directa
- 1)
- ¿Está usted de acuerdo en aprobar la Carta Orgánica Municipal de arque? SI-NO”.
- CONSTITUCIONALIDAD