Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En virtud a la previsión contenida en el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), el suscrito Magistrado, expresa su disidencia respecto a la SCP 0633/2016-S1 de 3 de junio; por los s
Fecha: 03-Jun-2016
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