SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2016-S1

Fecha: 15-Jun-2016

i)

Daniela Norma Zabala Álvarez, abogada, en representación de Rosa Eugenia Doria Medina Rivera, Oficial Mayor y MAE del Sistema Administrativo y Financiero de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional; ahora demandada, elevó informe de 11 de marzo de 2016, en el que puntualizó los siguientes aspectos: i) La ex Oficial Mayor y MAE del Sistema Administrativo y Financiero referido, el 2 de febrero de 2015, suscribió el contrato DIR.RR.HH. 52038, por el que la accionante prestó servicios como Administrativo II, de forma eventual dependiente de la Brigada Parlamentaria de Tarija, hasta el 31 de diciembre del señalado año, el mismo fue modificado e incrementado el monto, empero no la duración del contrato principal;            ii) Después de cuatro días de vencido el contrato referido en el numeral que antecede, por contrato C.A.P.E. 0186/2016 DIR. RR. HH. 52, la ex Oficial Mayor a solicitud de la Senadora Mirtha Natividad Arce Camacho, contrató los servicios de manera eventual de la accionante como Administrativo II, con vigencia desde el 4 de enero hasta el 1 de febrero de 2016, debiendo coordinar seminarios y otras actividades organizadas en La Paz, para su ejecución en Tarija además de realizar funciones de asistente personal de la mencionada Senadora representándola en reuniones de diferentes actividades en instituciones del departamento de Tarija; iii) El 18 de enero de 2016, la accionante solicitó la renovación de su contrato de trabajo en mérito a su estado de gestación, pedido que la demandada contestó por CITE: O. M. “121/2016/2017” (sic) en el que adjuntó el informe DGAL/UGLC 037/2016 de 29 de enero; y, iv) Elizabeth Escalante Zeballos, estaba vinculada laboralmente mediante dos contratos, ambos eventuales y temporales, asignándole funciones específicas como asistente personal de una senadora, dichas tareas no son de carácter propio y necesario para el funcionamiento del aparato legislativo.