SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Posteriormente, al no haberse realizado ningún otro acto de investigación el Ministerio Público emitió la Resolución Fiscal Conclusiva de sobreseimiento de 29 de febrero de 2016 a su favor, lo que implicó que hubieran desaparecido los riesgos procesales y correspondería que la Jueza a cargo -hoy demandada- emita mandamiento de libertad; sin embargo, pese a haber solicitado en reiteradas oportunidades la cesación a la detención preventiva en consideración a que la citada Resolución ya se habría presentado ante la Jueza de control jurisdiccional -4 de marzo del indicado año-, hasta la fecha de presentación de la acción de libertad- no recibió respuesta alguna, vulnerando el debido proceso por retardación de justicia, y como consecuencia, una prolongación indebida de su detención.