Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0166/2016-CA
Fecha: 11-Jul-2016
recurso directo de nulidad
El recurso directo de nulidad interpuesto por Ibar Vaca Saucedo, Presidente y representante de la Coordinadora de Pueblos Étnicos de Santa Cruz (CPESC) contra Jhonny Cordero Núñez, Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), demandando la nulidad de la Resolución Determinativa de Área de Saneamiento RES-ADM RA-SS 0209/2010 de 14 de abril (fs. 12 y 13 vta.) y las Resoluciones Finales de saneamiento, Resoluciones Administrativas (RRAA) RA-SS 1092/2012 de 8 de noviembre (fs. 22 y 23), correspondiente al predio denominado “Marisol” y la RA SS 1274/2010 de 7 de diciembre (fs. 14 y vta.), correspondiente al predio denominado “Cerro Blanco”.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2.
- I.3. Petitorio
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad relacionada con el debido proceso en su elemento Juez Natural
- Por lo expuesto, corresponde unificar al juez natural y su tutela a través de la acción de amparo constitucional de forma que en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad,
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA