AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2016-CA

Fecha: 28-Jul-2016

RECHAZAR

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional, resuelve: RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada por Trifonia Griselda Muñoz Colque, Diputada Titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional, demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Adicional Quinta de la Ley 291 de 22 de septiembre de 2012, Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE-2012), ratificada por la Ley 812 de 30 de junio de 2016 en su art. 2.II -Modificaciones al Código Tributario Boliviano-, por considerar que es presuntamente contraria a los arts. 1; 7.“I y II”; 8; 9.1, 2 y 4; 11.II.2; 12.I y III; 13; 23.I; 109.II; 119.I; 123; 158.I.3 y 11; 163; 172.11; 178.I; 241.I; 242.2; 306.I y III; 311.II.5; 321.I y III; y, 323.I y II de la Constitución Política del Estado.