AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2016-RCA

Fecha: 18-Jul-2016

I.

Refiere  que,  la  Jueza  de garantías no tomó en cuenta la certificación revestida de  toda  legalidad  y  competencia,  emitida  de  acuerdo a las funciones del Director  General  de  Servicio Civil dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la cual demuestra que es un funcionario de carrera administrativa, en base a la RA SSC-05/2003, la misma que no fue analizada en la Resolución de 30 de junio de 2016, que declaró la improcedencia “in limine” de esta acción tutelar; además, no se estableció el agotamiento de la subsidiariedad en la vía administrativa, haciéndose mención solamente al Memorando 00171/06 de 24; debiendo todos esos aspectos ser tratados en audiencia pública y no en su admisión. Por lo que solicita que se valore adecuadamente la presente acción de defensa y se remita la misma ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, con las debidas formalidades.