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    AUTO CONSTITUCIONAL 0211/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0211/2016-RCA

    Fecha: 20-Jul-2016

    “I.

    2. Si se cumpliese lo establecido en el Artículo 53 o Artículo 66 del presente Código, mediante auto motivado, se declarará la improcedencia de la acción que se notificará a la parte accionante, para que en el plazo de tres días presente impugnación a la resolución asumida. De no presentarse la impugnación, la Jueza, Juez o Tribunal de Garantías procederá al archivo de obrados.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • “I.
    • III.
    • II.3.  Requisitos de admisibilidad que debe cumplir la acción de amparo
    • II.4.  Análisis del caso concreto

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