Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2016
Fecha: 29-Jul-2016
CONSTITUCIONALIDAD
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 127 del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar: la CONSTITUCIONALIDAD de la pregunta, “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LAS CARRERAS? SI-NO”, formulada por Katia Verónica Uriona Gamarra, Presidenta del Tribunal Supremo Electoral a solicitud de la autoridad municipal competente del Gobierno Autónomo Municipal de Las Carreras, provincia Sud Cinti del departamento de Chuquisaca.
- I.1. Contenido de la consulta
- “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LAS CARRERAS? SI - NO”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Aprobación de la carta orgánica municipal
- mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”
- todas las preguntas deben obligatoriamente someterse a control previo de constitucionalidad
- a)
- hasta tanto no se pronuncie
- deberá necesariamente tratarse de una pregunta cerrada y directa, cuyo contenido tendrá que formularse en términos claros a efectos de no generar dudas o confusiones -preguntas de fácil comprensión-, breves y concretas
- III.3. Test de constitucionalidad de la pregunta para referendo aprobatorio en el presente caso
- “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LAS CARRERAS? SI-NO”.
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