SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Conforme los datos generales y propios de la imputación contra AA, se trata de un menor de edad, pues a la fecha de la comisión del hecho, el imputado habría contado con trece años y diez meses, conforme el certificado de nacimiento el mismo habría nacido el 1° de diciembre de 2001, por lo que no correspondería conocer el caso a un Juez Cautelar, sino a su similar del menor conforme el Código Niño, Niña y Adolescente, debiendo cesar la persecución penal y determinarse la extinción inmediata del proceso.

Asimismo, sostiene que el Fiscal de Materia, de manera ilegal y contradictoria argumentó que existen riesgos procesales y solicitó la detención preventiva, indicando que no habría demostrado domicilio, cuando fue el mismo Fiscal del caso 30/2013 que lo citó al menor en su domicilio ubicado en inmediaciones de la “Empresa Audax Aquacultura & Fishing Company S.A, en la comunidad Cochihuaya”, que podría fugar y no tendría arraigo, manifestando que ya estuvo imputado en otro caso similar, cuando el menor tenía once años; que en relación al peligro de obstaculización, de manera maliciosa el representante del Ministerio Público sostuvo que sería suficiente la relación de parentesco con la víctima, siendo el propio Fiscal quien gestionó las medidas protectivas para que su defendido no se acerque a su sobrina, y que demostraría la inimputabilidad del menor, por lo que, esa falta de objetividad a la ley estaría ocasionando la vulneración al derecho a la libertad, a la seguridad jurídica y al debido proceso.