SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes aducen como vulnerada la garantía al debido proceso, ante problemas de tierras en la comunidad de Orkojipiña, firmaron varios acuerdos con las autoridades originarias; sin embargo, reiniciado el conflicto ante la Fiscalía de Pucarani por la presunta comisión del delito de daño calificado, por lo que existiendo un conflicto de competencias acudieron ante el Tribunal Constitucional donde fue admitida su acción, para posteriormente iniciarles otra sobre violencia familiar y doméstica ante la Fiscalía de El Alto, instancia ante la que se hizo conocer que debieron ser juzgados en la jurisdicción originaria campesina; empero, no atendieron su solicitud y requerimiento de medidas de protección, por lo que piden ser juzgados ante las autoridades originarias por la supuesta comisión de los delitos que les endilgan.