Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2016-CA
Fecha: 02-Sep-2016
Si la autoridad requerida rechaza la solicitud
II. Si la autoridad requerida rechaza la solicitud o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional” (las negrillas nos pertenecen).
- conflicto de competencia jurisdiccional
- I.1. Contenido de la solicitud
- INHIBA DEL CONOCIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL DE ACCION PRIVADA,
- Rechazo
- El Tribunal Constitucional Plurinacional resolverá los conflictos de competencia entre las Jurisdicciones Indígena Originaria Campesina, Ordinaria y Agroambiental
- Si la autoridad requerida rechaza la solicitud
- RECHAZAR