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    AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2016-CA

    Fecha: 20-Sep-2016

    Autoridad Sumariante de Oficiales y ex oficiales de Registro Civil del Servicio de Registro Cívico (SERECI) del departamento de La Paz del Tribunal Supremo Electoral (TSE)


    En consulta la Resolución RES. SUM. ORC-EFCP-141/2016 de 31 de agosto, cursante de fs. 83 a 87, pronunciada por la Autoridad Sumariante de Oficiales y ex oficiales de Registro Civil del Servicio de Registro Cívico (SERECI) del departamento de La Paz del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Gisel Mayerly Tapia Velarde, demandando la inconstitucionalidad del art. 50 del Reglamento de Oficialías y Oficiales de Registro Civil -Resolución 035/2011 de 1 de marzo-, por ser presuntamente contrario a los arts. 115.II, 120.I, 122, 132 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Autoridad Sumariante de Oficiales y ex oficiales de Registro Civil del Servicio de Registro Cívico (SERECI) del departamento de La Paz del Tribunal Supremo Electoral (TSE)
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • “…solicitando otra figura que se pueda relacionar por ejemplo con el Recurso Directo de Nulidad”
    • rechazó
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • podrá ser presentada
    • Fragmento 7
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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