AUTO CONSTITUCIONAL 0257/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0257/2016-RCA

Fecha: 08-Sep-2016

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

La accionante considera como lesionados sus derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, en su vertiente a una resolución correctamente fundamentada, a la congruencia, a la certeza y certidumbre que tiene toda persona frente a las decisiones judiciales, a la aplicación objetiva de la ley y a la propiedad privada, en su vertiente a recibir una indemnización justa, como consecuencia de una expropiación, a recibir su valor real y los principios de legalidad, seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad y jerarquía normativa, citando al efecto los arts. 13, 14.IV, 56, 57, 115, 117.I, 119.II, 180.7 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 21.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.