SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2016-S1

Fecha: 08-Sep-2016

a)

La accionante a través de sus abogados en audiencia, se ratificó en los términos expuestos en su demanda de acción de libertad y ampliándola señaló lo siguiente: a) Desde septiembre de 2015 viene solicitando la cesación de su detención preventiva, debido a que cuenta con una bebé lactante además de una pequeña niña a su cuidado dentro del penal, situación que fue considerada; b) La cesación de su detención preventiva fue concedida por Resolución 418/2015, estableciendo su detención domiciliaria, arraigo y presentación de cuatro garantes solventes, extremo último que no pudo ser cumplido en forma oportuna debido a la falta de recursos económicos de la ahora accionante; c) “…el Fiscal presenta acusación en fecha 14/10/2015, la misma que debía ser subsanada y este lo subsana días después motivo por el cual se tiene se pase a un juzgado de Sentencia para la tramitación del juicio oral pero tenemos pendiente la resolución de cesación a la detención preventiva, evidenciaran que a fs. 74 cursa el arraigo en su talón de control y recién el Fiscal el 20 de noviembre, es decir 7 días después presenta la declaración informativa que se observó…” (sic); d) De forma clara se puede evidenciar que es una acción de libertad de pronto despacho, ya que la autoridad competente para resolver la situación jurídica del impetrante de tutela, demoró en emitir el mandamiento de libertad correspondiente que debió ser automático; y, e) Los vicios de nulidad que hubiera advertido el Juez no impedían de modo alguno, que el mismo ejecute el mandamiento de libertad al verificar el cumplimiento de las medidas sustitutivas dispuestas, dado que su libertad se encuentra relacionada a la vida de una infante, por lo que, corresponde emitirse el respectivo mandamiento de libertad.