SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0857/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0857/2016-S1

Fecha: 08-Sep-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que les sigue el Ministerio Público a querella de Willy Torres Coronado y María Teresa Chamoso Montalvo, por la presunta comisión de los delitos de lesiones graves y leves y, violencia intrafamiliar previstos en los arts. 271 y 272 del Código Penal (CP), en relación a la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia –Ley 348 de 9 de marzo de 2013–; el 19 de abril de 2016, fueron notificados para prestar sus declaraciones informativas y sin haber tenido más que veinte días para asumir su defensa y mucho menos haber atendido las proposiciones de diligencias, por conminatoria emanada de la autoridad jurisdiccional, la representante del Ministerio Público incurriendo en una total incoherencia entre los hechos y la calificación de los tipos delictivos además de una falta de fundamentación, emitió imputación formal en su contra y solicitó la aplicación de la detención preventiva, lesionando el debido proceso, vinculado de manera directa con su derecho a la libertad; toda vez que, sobre la base de un proceso injusto e ilegal se pidió su detención preventiva en el Recinto Penitenciario San Roque, a cuya consecuencia la autoridad jurisdiccional señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el 8 de junio del mismo año.