Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1049/2016-S3
Fecha: 30-Sep-2016
denegó
El Juez de Ejecución Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 04/2016 de 30 de junio, cursante de fs. 158 a 159, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) El presente caso se encuentra pendiente de resolución el recurso de apelación contra la Resolución 349/2015, que podría modificar el criterio asumido en el Auto 201/2016; por lo que, debe agotarse dicha instancia jurisdiccional y estar a las resultas de las mismas; y, 2) Asimismo, contra el referido Auto que dispuso se expida mandamiento de apremio, no fueron agotados los medios de defensa ordinarios.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.2. Análisis del caso concreto
- EXTIENDA LOS MANDAMIENTOS DE APREMIO
- CONFIRMAR