AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2017-CA
Fecha: 04-Ene-2017
La mención de la disposición legal cuya constitucionalidad se cuestiona y el precepto constitucional que se considera infringido
Así, y tomando en cuenta lo establecido por el AC 0751/2012-CA de 10 de septiembre, que refiere: “…el legislador ha previsto los siguientes requisitos de contenido para la procedencia del incidente de inconstitucionalidad: i) Debe ser promovido dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo por la autoridad encargada del proceso, ya sea, el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio o a solicitud de alguna de las partes que intervienen en el proceso; ii) La mención de la disposición legal cuya constitucionalidad se cuestiona y el precepto constitucional que se considera infringido; iii) La existencia de duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de la disposición legal aplicable al caso concreto y la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial o administrativa; es decir, para la procedencia de este recurso no basta con cuestionar la constitucionalidad de la disposición legal sino que además la misma tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso concreto a ser dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo; y, iv) La presentación del incidente hasta antes de la ejecutoria de la sentencia por una sola vez” (el resaltado es nuestro).
- Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía Boliviana de La Paz
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- rechazó
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- La mención de la disposición legal cuya constitucionalidad se cuestiona y el precepto constitucional que se considera infringido
- RATIFICAR