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    AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2017-CA

    Fecha: 27-Ene-2017

    2°

    2°  A solicitud de la parte demandante mientras se sustancie el conflicto de competencias, queda suspendida la tramitación del proceso de referencia, tanto en la jurisdicción ordinaria como en la indígena originaria campesina hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional dicte la respectiva sentencia.

    • conflicto de competencia
    • I.1. Contenido de la solicitud
    • I.2. Petitorio
    • II.1. Requisitos de procedencia del conflicto de competencias
    • II.2.  Procedimiento previo en el conflicto de competencias
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 7
    • 1° ADMITIR
    • 2°

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