Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2017-RCA
Fecha: 19-Ene-2017
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 475 de 22 de noviembre de 2016, cursante de fs. 11 a 12, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Decimoséptima del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- régimen Básico
- I.3. Petitorio
- improceden
- II.3. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
- al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas, no es posible en estos supuestos activar la acción de cumplimiento
- CONFIRMAR