Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2017-RCA
Fecha: 19-Ene-2017
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2016, cursante de fs. 8 a 10, el accionante manifestó que, el SENASIR le otorgó una renta de jubilación en el Sector Fabril, mediante la Resolución 006430 de 4 de mayo de 1999, pagadera desde noviembre de 1998, misma que fue suspendida en diciembre de 2013 por Resolución 0000221 de 14 de enero de 2014 -de calificación de rentas-, con la que fue notificado el 4 de febrero de ese año.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- régimen Básico
- I.3. Petitorio
- improceden
- II.3. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
- al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas, no es posible en estos supuestos activar la acción de cumplimiento
- CONFIRMAR