AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2017-CA
Fecha: 27-Ene-2017
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Mediante memorial presentado el 7 de diciembre de 2016, cursante de fs. 260 a 267 vta., la accionante manifiesta que dentro del proceso administrativo, instaurado en su contra a denuncia de Elizabeth Paula Cantuta Colque, por la presunta comisión de la falta disciplinaria prevista en el art. 12.19, 20 y 38 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, el Tribunal Disciplinario Departamental de Cochabamba emitió la Resolución 001/2016 de 13 de enero, imponiéndole la sanción de retiro temporal de la institución con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes de seis meses; empero, sin realizar una correcta valoración de la prueba que demuestre que su persona el 13 de febrero de 2015, en cumplimiento de sus funciones efectivamente consumió bebidas alcohólicas, basándose en suposiciones de testigos que no presenciaron el hecho y que no quisieron ratificar sus declaraciones, extremo que da lugar a una duda razonable que debía favorecerle, situación que no fue tomada en cuenta, contraviniendo de esta forma sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia y los principios de legalidad, de razonabilidad, de favorabilidad y de objetividad.
En ese contexto, demanda la inconstitucionalidad del art. 12.19 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana “Consumir Bebidas Alcohólicas o Sustancias Controladas, durante el cumplimiento de funciones”, argumentando que al no valorar la prueba correctamente y basarse en suposiciones, extremo que es desde todo punto de vista inconstitucional por vulnerar los derechos al debido proceso, a la defensa, al trabajo y otros; toda vez que, de aplicarse la norma tal cual se encuentra, se estaría menoscabando la posibilidad de asumir su derecho a la defensa, al no contar con la prueba que demuestre dicho consumo de bebidas alcohólicas. Igualmente, considera que infringe el valor fundamental de la justicia social para vivir bien.
- Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazar
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- RATIFICAR