AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2017-CA

Fecha: 04-Oct-2017

I.1. Síntesis de la solicitud de parte


Mediante memorial presentado el 6 de septiembre de 2017, cursante de fs. 20 a 24, la Empresa accionante a través de su representante, señala que dentro del procedimiento administrativo de recurso jerárquico contra la Resolución ASFI/913/2017 de 2 de agosto, pronunciada por la Directora General Ejecutiva a.i., de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), solicita se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta.

Refiere que, cuando se trata de resoluciones administrativas que causan un perjuicio irreversible a los derechos e intereses del administrado, la norma acusada de inconstitucional, permite disponer la suspensión transitoria de sus efectos, mientras se agote la vía administrativa. Tratándose de resoluciones que imponen sanciones como en el presente caso, se ejecutan y agotan en tiempos cortos aproximado de dos meses; sin embargo, la facultad de suspensión solo está limitada a la vía administrativa, sin que se extienda esta suspensión hasta la conclusión de la vía judicial, conllevando vulneraciones a varias normas y disposiciones de la Constitución Política del Estado, referidos a la protección oportuna y efectiva, a la presunción de inocencia, porque la sanción es cumplida, ejecutada y consumada, cuando el administrado todavía no ha sido declarado culpable, mediante una sentencia judicial con calidad de cosa juzgada; por otra parte, se viola el derecho a la defensa y al debido proceso porque se trata de una sanción impuesta por autoridad administrativa y no por una jurisdiccional, tramitada con todas las garantías procesales.