AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2017-RCA

Fecha: 05-Oct-2017

I.5. Síntesis de la impugnación

La accionante argumenta que la interposición de la presente acción tutela, la realiza en base al “AC 019/2017-CA de 17 de marzo”, establece: “La nueva presentación de una demanda tutelar constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa, es viable cuando la anterior tutela que atendió el Juez o Tribunal de Garantías NO INGRESÓ AL FONDO de la problemática” (sic); por lo que, al no haber ingresado al fondo de la anterior acción y al haberse interrumpido el cómputo del plazo con la misma, la Jueza de garantías es la encargada de resolver la presente acción tutelar, no correspondiendo su rechazo por inmediatez.