Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0373/2017-RCA
Fecha: 17-Oct-2017
a)
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia: a) Se deje sin efecto la Resolución 310/2017 y el Auto Complementario de 30 de junio del mismo año, dictándose una nueva resolución acorde a la normativa legal vigente; y, b) Se determine la responsabilidad administrativa civil y penal contra la autoridad demandada.
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- el Amparo Constitucional no es un instrumento alternativo o sustitutivo de las acciones ordinarias que la Constitución y la ley asignan a las distintas jurisdicciones, según su especialidad, para la protección de los derechos considerados vulnerados, sino, por el contrario, es un mecanismo subsidiario, porque únicamente puede instaurarse cuando el lesionado no tiene otro medio de defensa
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- Contra actos consentidos libre y expresamente
- las siguientes subreglas
- CONFIRMAR