AUTO CONSTITUCIONAL 0379/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0379/2017-RCA

Fecha: 18-Oct-2017

g.

g.    Solicitó se conceda la tutela, disponiendo que: a) “…el Concejo Municipal de la Paz, en aplicación del Art. 67 Par. II de la Ley N° 2341 al tener por aceptado el Recurso Jerárquico planteado por mi persona en fecha 7 de febrero de 2017 al no haber emitido Resolución del Recurso Jerárquico en el plazo que ha vencido el 20 de junio de 2017, defina expresamente a cual pedido mío se otorga lugar: la autorización para pago de impuesto, la restitución del inmueble o el pago de justo precio por apropiación del inmueble de mi causante consistente en el terreno de 3.566 Mts2 ubicado la zona de Villa Armonía, Código Catastral N° 34-34-20, conforme se tiene a bien acreditar en el copia del Formulario de pago de Impuestos de la gestión 1990 Formulario N° 198 Número de Orden N° 7097807, cuyo derecho propietario se encuentra inscrito en la Oficina de Registro de Derechos Reales en la Partida 1218, Fs. 1219, Libro “B” de 08 de julio de 1970” (sic); y, b) “Al no haber emitido las Resoluciones a los pedidos de 27 de junio de 2016 cuyo plazo para resolver venció el 27 de diciembre de 2016; al Recurso de Revocatoria de 29 de diciembre de 2016 cuyo plazo para resolver venció el 30 de enero de 2017; y al Recurso Jerárquico de 7 de febrero de 2017 cuyo plazo venció el 20 de junio de 2017” (sic), pidió que se instruya el restablecimiento de responsabilidades en la función pública, por omisión a resolver, conforme lo previsto por el art. 17.IV de la LPA.