Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0390/2017-RCA
Fecha: 25-Oct-2017
a)
El Juez Público de Familia Tercero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Auto de 12 de septiembre de 2017, cursante a fs. 158, observó esta acción de defensa, disponiendo se subsane dentro de tres días, los siguientes aspectos: a) Especifique en forma clara el derecho vulnerado o el acto ilegal que se acusa a la autoridad demandada, explicando los motivos por los que los considera lesionados; b) Aclarar cuál es el acto infractor de derechos y garantías constitucionales; y, c) Definir la pretensión que solicita; ya que, el petitorio tiene que referirse a la reparación de los supuestos actos infractores de derechos.