SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1025/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1025/2017-S3

Fecha: 04-Oct-2017

a)

A lo que la Jueza de garantías, expresó que: a) Se aplicó la SC 0619/2005-R de 7 de junio, por cuanto no se cumplieron con los dos requisitos que establece la misma; es decir, que el acto u omisión esté ligado a la libertad del accionante y exista absoluto estado de indefensión, aspectos que no ocurrieron en el presente caso; y, b) Para que se tutele las dilaciones indebidas, el accionante tendría que estar privado de su libertad, según lo sostenido en la SCP 0907/2012 de 22 de agosto, hecho que no se aplica a ese caso.