SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

a)

Carlos Pericles Ponce de León Mendieta, Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar, mediante informe cursante de fs. 16 a 17 vta., manifestó que:    a) No existe legitimación pasiva; toda vez que, al haberse demandado solo al Presidente del referido Tribunal, que no firmó ninguna resolución, consideró que la acción tutelar debió ser dirigida al Tribunal en pleno; b) El ahora accionante, tiene dos procesos, uno por falta de incorporación y el otro por hurto, en el que fue notificado y emplazado mediante la gaceta jurídica y por edictos, cuya declaratoria de rebeldía, también fue notificada por edicto; c) Al encontrase los dos procesos con sentencia, las mismas se encuentran con apelación, en ese sentido, el accionante tendría los medios de impugnación que le franquea la ley para hacer valer sus derechos; d) El arraigo es una medida que el Tribunal dispuso, producto del emplazamiento y posterior declaratoria de rebeldía realizada en audiencia, por ello, consideró no haberse vulnerado ningún derecho, ya que se cumplió con lo establecido en la norma; e) El impetrante que es militar, tenía el grado de subteniente, que a la comisión de un delito se le inició un sumario, que fue debidamente notificado con el auto de procesamiento y memorándum de pase a la letra “E”; y, f) El accionante que tiene seguro social militar, tuvo pleno conocimiento de los procesos, a través de la orden general de destinos, en cuya parte inferior se señala la existencia de los mismos; sin embargo, a sabiendas de ello, optó por no presentarse y colocarse a derecho.