SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2017-S2

Fecha: 23-Oct-2017

ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con anterioridad al hecho de la causa

El derecho al juez natural se encuentra previsto por el art. 120.I de la CPE, cuya previsión dispone que: ”Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial, y no podrá ser juzgada por comisiones especiales ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con anterioridad al hecho de la causa“ (el resaltado nos corresponde).