Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2017-CA
Fecha: 03-Nov-2017
rechazó
Por Resolución 001/2017 de 18 de octubre, cursante de fs. 89 a 104, el Director General Ejecutivo de la Agencia Estatal de Vivienda de La Paz, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, señalando que: a) Las normas impugnadas no contravienen disposición legal alguna vigente; b) El accionante no hace referencia concreta a cómo la norma impugnada lesiona o afecta sus intereses y mucho menos a que derecho o preceptos constitucionales sería contraria; y, c) Son escasos los argumentos en cuanto a la fundamentación del “recurso”; por lo que, no se puede promover la acción de inconstitucionalidad concreta.
- Director General Ejecutivo de la Agencia Estatal de Vivienda de La Paz
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR