Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1217/2017-S1
Fecha: 17-Nov-2017
II.3.
II.3. Cursa acta de audiencia pública de apelación incidental de medidas cautelares de 22 de agosto de 2017, constituido por Willy Arias Aguilar y William Alave Laura, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy demandados- el Vocal William Alave Laura emite su voto declarando admisible la apelación por estar dentro de las setenta y dos horas que señala el art. 251 del CPP y segundo improcedente los fundamentos expuestos porque no escuchó agravio que genere esta resolución frente al análisis que se hubiese hecho de las pruebas presentadas y de la discusión que se hubiese realizado en la audiencia (fs. 7 a 9 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3.Convocatoria a Vocal dirimidor: Requisitos de procedencia y presupuestos que constriñen la actuación del dirimidor así como de los otros miembros del Tribunal colegiado
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR