AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2017-RCA

Fecha: 08-Feb-2017

a)

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por decreto de 4 de enero de 2017 (fs. 96) dispuso que, el accionante cumpla con lo estipulado en el art. 33.1, 4 y 5 del Código Procesal Constitucional (CPCo) con las siguientes observaciones: a) Señale su correo electrónico como medio alternativo de comunicación inmediata; b) Conforme el litisconsorcio pasivo de las autoridades que conocieron la causa; c) Fije con precisión los derechos o garantías invocados como lesionados por esos hechos; y, d) Aclare si existen otros terceros interesados.  Dentro del plazo previsto por el art. del 30.1 CPCo, bajo alternativa de tenerse por no presentada.